¿Puede una Inspección durar eternamente?

La respuesta es no. La ley es consciente de las molestias que una inspección causa al contribuyente y limita el periodo de tiempo que puede durar.

El plazo máximo para que la Inspección finalice una actuación de comprobación es de un año. Este plazo puede prorrogarse por la complejidad del asunto u otras razones, pero el Inspector necesita pedir autorización a sus superiores para esa prórroga y Vd. puede oponerse.

Con independencia del plazo anterior, la Inspección no puede tener interrumpida una inspección durante un perído superior a seis meses.

La consecuencia de infringir estos límites temporales es que no se entiende interrumpida la prescripción por la actuación inspectora.

Nota: transcurridos 4 años se dice que la deuda tributaria “prescribe” (ver artículo)

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